Artículo de la Semana

Perú debe implementar “criterio de valencia” para la lucha contra la criminalidad extranjera

Para la abogada, Leslie Makiya Francia, la implementación de la prisión preventiva es completamente viable, y no debería generar ningún rechazo por parte de la población inmigrante dado que para faltas menores existen otras sanciones.

Business Empresarial.- La situación que se vive actualmente en la frontera de Chile y Perú por la crisis migratoria, es solo una muestra de una problemática regional que pareciera que aún no tiene fecha de caducidad. El endurecimiento de las medidas contra el inmigrante por parte del país sureño ha obligado a cientos de extranjeros a abandonar dicho país, muchos con un destino inmediato: Perú.

El cuestionable y hoy famoso “Criterio Valencia” ha sido el principal gatillador, ya que la medida siendo un lineamiento interno del Ministerio Publico en Chile, permite que todos fiscales de la Región Metropolitana soliciten la prisión preventiva a aquellos imputados extranjeros que sean detenidos y cuya identidad no haya podido ser establecida por medios nacionales de manera fehaciente. De esta manera, los incriminados se mantendrán en prisión preventiva hasta que se pueda establecer su identidad, de modo que puedan cumplir con las obligaciones de Chile.

¿Qué tan factible podría ser implementar las mismas medidas de Chile en Perú?

Para la abogada experta en Gestión Pública, Leslie Makiya Francia, las medidas implementadas por el gobierno chileno constituyen una fuerte respuesta a la criminalidad elevada de dicho país y Perú no es ajeno a ello.

A la fecha, según la Policía Nacional, se han registrado desde enero a marzo del presente año más de 336 mil denuncias por múltiples delitos en territorio peruano. Con esta medida se buscaría garantizar que los extranjeros implicados en un delito no puedan abandonar el país en donde se cometió, sin ser procesados. La medida es completamente aplicable en el Perú y no violaría ninguna ley, siempre y cuando se cumplan con los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal, como el de existir peligro de fuga u obstaculización de la justicia. Con esta medida se buscaría que el procesado participe en todas las diligencias y se garantice la efectiva investigación del delito”, sostuvo la asesora jurídica.

Para finalizar, Leslie Makiya señaló que la implementación de la prisión preventiva es completamente viable, y no debería generar ningún rechazo por parte de la población inmigrante, dado que para faltas menores existen otros tipos de sanciones.

El ser una persona inmigrante no documentada, no viene a ser un delito, sino una falta administrativa, por lo tanto, no se puede imponer una sanción penal. Adicional a ello, los inmigrantes deben de cumplir con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1350 “Ley de Migraciones” y su Reglamento, que en sus artículos 56, 57 y 58 señalan las sanciones impuestas a los extranjeros por ciertas conductas infractoras, cuyas consecuencias son la multa, salida obligatoria del país o expulsión a aquellos extranjeros que atenten el orden público, y orden interno, entre otros supuestos”, concluyó.

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