Economía & Negocios

PRODUCE establece cuota de captura del recurso bonito para el presente año en 64,000 toneladas

La extracción del recurso culminará cuando se alcance la cuota  o en su defecto el 31 de diciembre de 2019

Business Empresarial.- El ministro de la Producción, Raúl Pérez-Reyes, informó que a través de la Resolución Ministerial N° 003-2019-PRODUCE, publicada hoy en el diario El Peruano, se estableció una cuota de 64,000 toneladas para el recurso bonito en el período 2019.

Indicó que esta cuota es aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones artesanales y de aquellas cuyo derecho administrativo lo autorice.

Asimismo, precisó que la misma, podrá modificarse si el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, evidencia una mayor disponibilidad de bonito, para lo cual remitirá al Ministerio de la Producción (PRODUCE) la recomendación con las medidas correspondientes.

Se estableció que PRODUCE dará por concluida la actividad extractiva del recurso cuando se alcance la cuota establecida o en su defecto, su ejecución no podrá exceder del 31 de diciembre de 2019.

Pesca exploratoria

El titular de PRODUCE también informó que a efectos de obtener información adicional que contribuya a un estudio de la pesquería de este recurso, el día de mañana empezará una pesca exploratoria del bonitocuya culminación se dispondrá mediante Resolución Ministerial en atención a las recomendaciones del IMARPE, pero que no deberá exceder al 20 de marzo.

Sostuvo que los recursos hidrobiológicos extraídos en el marco de la pesca exploratoria deben ser destinados exclusivamente para el consumo humano directo y que las embarcaciones pesqueras participantes deben utilizar artes o aparejos de pesca pasivos (redes de cortina, pinta, entre otros) o redes de cerco con tamaño de malla de 38 mm (1 ½ pulgadas) o 76 mm (3 pulgadas).

De igual manera, indicó que las embarcaciones pesqueras participantes deben efectuar en forma obligatoria sus descargas en los puntos de desembarque autorizados.

Por último, informó que la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción Acuicultura del Ministerio de la Producción adoptará las medidas de seguimiento, control y vigilancia que resulten necesarias para cautelar el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial y de las disposiciones legales aplicables.

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