Economía & Negocios

Ley para garantizar idoneidad de funcionarios públicos: ¿Cómo funciona?

Business Empresarial.- Como se sabe, en el primer trimestre del año se establecieron los requisitos legales para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. La presente norma fue aprobada por el pleno del Congreso de la República, y formalizada mediante su publicación en el diario El Peruano.

Alfonso Garcés, Socio en Guzmán Napurí & Segura Abogados, sostiene que “Dada la coyuntura, la iniciativa resultaba indispensable y urgente para evitar que se siga perforando la institucionalidad, al nombrar en diferentes posiciones clave a personas que no contaban con ninguna experiencia en el manejo de la cosa pública. Debemos recordar que dichos funcionarios son los encargados de dirigir e implementar las políticas públicas en beneficio de los ciudadanos”. Del mismo modo, esta práctica promoverá la lucha anti corrupción y el buen ejercicio del Compliance o Cumplimiento Normativo.

En ese sentido, los funcionarios públicos, tales como viceministros, secretarios generales, titulares, adjuntos, presidentes y órganos colegiados, deben de cumplir los requisitos dispuestos en la Ley del Servicio Civil; además de contar con formación superior completa, ocho años de experiencia general y cinco años de experiencia específica en cargos de directivo o de nivel jerárquico similar en el sector público o privado. Por otro lado, en cuanto a los gerentes regionales y municipales, estos deben haber cumplido con formación superior completa, aparte de cinco (o cuatro en el caso de los gerentes municipales) años de experiencia general y tres años de experiencia específica en puestos similares.

Para los servidores que busquen permanecer en el cargo, deben haberse acoplado a los requisitos establecidos en la presente ley, en un plazo máximo de treinta días calendario a partir de su vigencia. Alfonso Garcés indica que “Vencido el plazo, estos quedan impedidos de seguir ejerciendo el cargo, bajo responsabilidad funcional. Todas las instituciones públicas están obligadas a garantizar la continuidad de las políticas del sector público. Los Ministros, aunque no lo mencione expresamente la norma, podrían asumir alguna responsabilidad si los funcionarios impedidos realizan actos o firman documentos oficiales que, por la pérdida de competencia, perjudiquen al Estado de cualquier modo”.

El experto enfatiza que dentro de las buenas prácticas en la administración pública, es crucial que el porcentaje de directivos sea elegido por mérito, y no solo por designaciones basadas en la confianza. “Si bien los requisitos técnicos especificados en la ley no aseguran que se cuente con el mejor funcionario, sí mitiga el riesgo de que se siga destruyendo el fortalecimiento y la sostenibilidad de las políticas públicas en favor de los ciudadanos”, finaliza.

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