Economía & Negocios

Multarán hasta con 300 UIT por divulgar datos de pacientes afectados por el coronavirus

Establecimientos de salud públicos y privados están obligados a guardar reserva de la información de los pacientes afectados por el COVID-19.

Business Empresarial.- La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), entidad adscrita al Ministerio de Salud (Minsa), comunica que se multará hasta con 1 millón 290 mil soles a quienes divulguen la identidad de las personas afectadas por el COVID-19, según el decreto supremo N.° 031-2014-SA.

De acuerdo con el comunicado, todo paciente o usuario de los servicios de salud, públicos o privados, tiene el derecho de ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad sin que se incurra en acto de discriminación de ningún tipo.

En ese sentido, Susalud indica que la divulgación de los datos del estado de salud de los pacientes es considerada como una infracción muy grave a los derechos de los usuarios, estipulados en la Constitución Política. Asimismo, constituye una falta grave al Reglamento de Infracciones y Sanciones de dicha entidad.

Susalud enfatiza que los titulares de las instituciones donde se hubiera cometido la infracción están obligados a iniciar la investigación y sanción de los responsables de la falta, sin perjuicio de la intervención que pueda tener el Ministerio Público u otras entidades tales como la Contraloría General de la República, los colegios profesionales o los procuradores públicos del sector correspondiente.

La Superintendencia Nacional de Salud reconoce el derecho a la intimidad personal y familiar de todos los ciudadanos que se encuentran en el territorio nacional, por lo que exhortan a los medios de comunicación, como a la ciudadanía en general, a no revelar información de la salud de cualquier infectado o fallecido por el nuevo coronavirus.

Con el ruego de su difusión,

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