Economía & Negocios

Hasta el 7 de junio se puede solicitar habilitación de cobro del apoyo económico Yanapay por tercero autorizado

Business Empresarial.- El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) recordó que a la 1 p.m. del 7 de junio vencerá el plazo para presentar solicitudes de autorización de cobro del apoyo económico individual Yanapay Perú por tercero autorizado a favor de personas beneficiarias que presentan discapacidad o problemas de salud y que no son usuarias de los programas sociales Pensión 65 o Contigo.

Para realizar ese trámite se deberá ingresar a la opción «Ayuda con tu apoyo económico Yanapay» de la página https://casos.yanapay.gob.pe, y luego de autenticarse seleccionar la opción «No puedo desplazarme a cobrar mi Yanapay, deseo acreditar a una tercera persona para realizar el cobro».

La solicitud también se puede presentar ante la mesa de partes virtual de Pensión 65, al correo electrónico mesadepartes@pension65.gob.pe, o presencialmente en las mesas de partes de su sede central (Av. República de Panamá 3505, piso 5, de lunes a viernes, de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.) o de sus sedes del interior del país, las cuales figuran en el siguiente enlace: https://bit.ly/3FrBSjj. Los formatos a presentar en mesa de partes están disponibles en https://bit.ly/37yEoYw. Para mayor información se puede llamar a la línea gratuita del Midis 101, de lunes a sábado, de 8:30 a.m. a 5:30 p.m. (incluidos feriados y días no laborables).

El Midis, a través de Pensión 65, ha implementado la modalidad de cobro de Yanapay por tercero autorizado para que reciban el subsidio aquellas personas beneficiarias que pueden o no manifestar su voluntad y que presentan discapacidad o deterioro de su capacidad funcional, producto de la vejez o de accidentes, lo cual les impide desplazarse a las agencias del Banco de la Nación o a los punto de pago.

Usuarios de programas sociales

A nivel nacional, 4797 usuarias y usuarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 y 7447 del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza – Contigo, quienes ya contaban con el mecanismo de cobro por tercera persona autorizada para recibir sus respectivas pensiones, están cobrando también de esa manera el apoyo económico.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button