Fin de año: ¿En qué riesgos penales pueden verse involucradas las empresas?

Business Empresarial.- La época de Navidad y Año Nuevo son momentos propicios para el desarrollo económico de un país, sobre todo en un contexto de necesaria reactivación económica, sin embargo, es precisamente la intención por aprovechar estas festividades y obtener ganancias, la que podría provocar descuidos y desarrollar posibles comisiones de delitos en las que puedan verse involucradas las empresas o sus miembros.
En ese sentido, es importante recordar las consecuencias que deberán afrontar las empresas y las personas ante las irregularidades más comunes en estas fechas.
La venta de juguetes es una de las principales actividades que se realizan hacia fines de año y es una de las ventanas económicas más importantes de muchas empresas; así, es prioritario tener especial cuidado en ofertar productos que no hayan superado los niveles de calidad requerido por las entidades estatales.
“De darse esta situación, además de la sanción administrativa, existe la posibilidad de una denuncia por la comisión del delito de uso de productos tóxicos o peligrosos, la cual se sanciona con una pena entre 4 a 8 años de prisión”, explica Luis Alberto Liñán, Socio de Solución de Conflictos de CMS Grau.
El socio de CMS Grau agrega que si se falsifica algún certificado con la finalidad de obtener un permiso para una posterior venta se tipifica el delito de falsificación de documentos que tiene una pena de entre 2 a 10 años.
Asimismo, puede ocurrir la adulteración o contaminación de alimentos que luego puedan ser puestos en circulación para los consumidores. “Por ejemplo, en caso se altere la fecha de vencimiento de un producto como los panetones, resulta posible interponer una denuncia por delitos de contaminación o adulteración de insumos destinados al consumo humano, cuya pena oscila entre 3 y 10 años de prisión”, detalla Liñán.
Otro de los delitos usuales en esta época del año es la comercialización de alcohol metílico para fines de consumo humano, la producción de bebidas alcohólicas informales adulteradas o no aptas para el consumo humano. En esta ocasión, se configura el delito de comercialización ilegal de alcohol o producción de bebidas alcohólicas ilegales, cuya pena puede ir desde los 04 a 08 años.
“Es importante recordar que las empresas que producen bebidas alcohólicas de manera legal son las que se ven agraviadas frente al actuar de aquellos que delinquen desde la informalidad” sostiene Luis Alberto Liñán, socio de Solución de Conflictos de CMS Grau. Agrega que: “las fiscalías de prevención del delito y fiscalías comunes deberán estar alertas para accionar, asimismo, considerar la información que puedan brindar las empresas agraviadas para el esclarecimiento de los hechos”.
Será labor de todas las empresas la de revisar sus procesos, mitigar sus riesgos, tratar de prevenirlos y actuar debidamente en caso llegue a suceder.




