Equidad tributaria
Business Empresarial.- El presupuesto público para el 2022 aumentó en un 7.6%, con relación al del año pasado, gracias a los impuestos que pagan empresas formales y ciudadanos contribuyentes. A través de ellos, el Estado Peruano puede responder al entorno sumamente difícil que se originó por la crisis sanitaria del Covid-19.
Lo inexplicable es que muchos grandes contribuyentes, que asumen puntualmente su deber tributario para beneficio del Estado Peruano, son presas de un afán orientado al descrédito y a la controversia al ser señalados como grandes deudores.
Es importante señalar que durante el proceso de auditoría – reconocimientos de gastos e ingresos – pueden presentarse diferencias de criterio entre el ente fiscalizador y el contribuyente que termina en muchos casos en el Tribunal Fiscal, un proceso que dura muchos años por la lentitud burocrática del mencionado órgano administrativo.
Lo anterior genera, sin duda alguna, una situación totalmente asimétrica. La SUNAT, como entidad recaudadora, fija plazos para declaraciones y pagos que generan multas e intereses cuando no se cumplen a tiempo. Y para los procesos de reclamaciones y revisión de casos vía apelación en el Tribunal Fiscal, no hay un cabal cumplimiento de los plazos legales. La SUNAT se toma un tiempo indefinido con perjuicio para el contribuyente quien es penalizado por una demora que no le compete con intereses moratorios y/o actualización de su deuda. Una ausencia total de equidad.
Cuanto más impuestos paga una empresa, mayores pueden ser los montos en controversia y, por ende, mayores los intereses que se le imponen con el pasar de los años. Como resultado tenemos el famoso ranking de los mal llamados deudores que publica la SUNAT, del cual diversos actores hacen eco en desmedro de la empresa privada. Ello pese al importante aporte de las empresas formales para el Erario Público.
Importante será establecer mecanismos específicos y claros, totalmente definidos, para que la SUNAT y el Tribunal Fiscal agilicen la evaluación de controversias tributarias. Es necesario establecer pautas normativas para que la SUNAT aborde las controversias como tal, sin generar perjuicios a sus contribuyentes. Ello considerando que los montos que registra como deudas son tan altos que, de hacerlos coactivos, podría condenar a la desaparición a las empresas afectadas y dejar sin empleo a miles de personas.
Y si el contribuyente no está de acuerdo con lo definido por el Tribunal Fiscal y decide ir al Poder Judicial, debe presentar una garantía bancaria o real por el 60% de la deuda actualizada para que la SUNAT no exija el pago de la misma, resultando desigual.
Señalar lo que realmente sucede, no significa debilitar el trabajo de la SUNAT que debe tener siempre autonomía y fortaleza institucional para el desarrollo de sus funciones. Por el contrario, se tiene que implementar al Tribunal Fiscal con las herramientas necesarias para que cumpla con los plazos que la ley establece y desarrollar un proceso más eficiente como equitativo.