Artículo de la Semana

Deudas imposibles de cobrar y soluciones en estos tiempos

Escribe: Carla Montes, Abogada asociada de Estudio Linares Abogados.

Business Empresarial.- Desde marzo de 2020, periodo en el que inició la pandemia, se han incrementado las carteras morosas de diversas empresas, las cuales han experimentado el atraso del pago por sus servicios hasta por más de 100 días. Este hecho ha llevado a que estas recurran a servicios legales con la finalidad de poder recuperar sus acrecencias, de las que dependen, en muchos casos, para seguir operando.

Lamentablemente, estas cobranzas, a nivel legal, han atravesado algunos inconvenientes por la forma en como vienen constituidas,  dificultando así el campo de acción y pasando de ser deudas con alta probabilidad de éxito a deudas incobrables. ¿Cuáles son estos principales errores? Dentro de estos, tenemos los siguientes: la incorrecta identificación del deudor; que no se especiquen las obligaciones a cargo de las partes y, mucho menos, el plazo que tiene cada una para ejecutarlas y, por último, que no se defina la vía para la solución de controversias.

Lo recomendable, siempre, es prevenir el conflicto antes del litigio. Para ello, es importante que toda empresa que brinde un servicio o se dedique a la venta de productos, así como cualquier persona natural que celebre un contrato de préstamo, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. Suscribir un contrato en el que se reflejen las obligaciones de las partes. Esto es muy importante, puesto que es el medio por el cual se puede acreditar la existencia de un vínculo comercial y contractual. Además, este documento nos dará el beneficio de poder plasmar todos los acuerdos de las partes, desde las obligaciones hasta las causales de resolución si hay Las partes pueden establecer penalidades o, en caso de los contratos de préstamo, la tasa por interés compensatario que será aplicada.
  2. La identificación del domicilio de la contraparte. Es un requisito esencial para que la cobranza sea exitosa; por ello, se debe especificar con claridad los datos del inmueble. En el supuesto negado de que tengamos un domicilio inubicable o que no corresponda al deudor, las probabilidades de éxito de las cobranzas disminuirán tomando en cuenta la imposibilidad de contactar con el deudor.
  3. Que los montos pendientes de pago se encuentren reflejados en títulos valores. Esto ayudará a que la cobranza sea mucho más rapida a nivel judicial. Los títulos valores, a diferencia de las facturas electrónicas, se tramitan en la vía del proceso de ejecución, la que se caracteriza por ser mucho más rápida por los tiempos que se emplean y por las limitadas causales que tiene la contraparte para contradecir la demanda.
  4. Pactar la vía de solución de controversias en caso surja algún tipo de conflicto. Esto quiere decir que serán las partes quienes decidan cómo solucionar sus controversias, lo cual implica que puedan optar, necesariamente, por una negociación previa, someterse a la vía arbitral o judicial.

En los tiempos que corren, ninguna empresa se encuentra  exenta de quedar con deudas que, a la larga, se vuelvan imposibles de cobrar. La subsistencia de muchas empresas estará en juego debido a esta clase de situaciones por las que nuestro  sistema judicial no nos brinda soluciones eficientes. De nosotros depende tener un proceso de cobranza exitoso tomando en cuenta estas pautas.

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