Economía & Negocios

CTS 2023: Preguntas y respuestas para el segundo pago

El 15 de Noviembre vence el plazo para que los empleadores depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo Mayo - Octubre del 2023.

Business Empresarial.- La CTS es un beneficio que se deposita semestralmente en la entidad financiera elegida por el trabajador, en los meses de mayo y noviembre de cada año. Cada depósito equivale aproximadamente a media remuneración mensual. Asimismo, tienen derecho a este pago los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada que trabajen una jornada promedio mínima de cuatro horas diarias y que cuenten por lo menos con un mes completo de servicios para su empleador.

En ese sentido, la abogada laboralista Cristina Oviedo, Socia de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados; responde, a continuación, algunas consultas generales con respecto a este beneficio:

  1. ¿Qué trabajadores no tienen derecho al pago de la CTS?

Los trabajadores sujetos a un contrato de trabajo a tiempo parcial; los trabajadores de las microempresas inscritas en el REMYPE; y, los trabajadores del régimen agrario que hayan optado por cobrar su CTS con su remuneración básica. Los trabajadores de las pequeñas empresas inscritas en el REMYPE tienen derecho al 50% de la CTS.

En el caso de los trabajadores con remuneración integral anual que incluya la CTS, dicho beneficio es pagado con su remuneración mensual por lo que no reciben un depósito adicional en los meses de mayo y noviembre de cada año.

  1. ¿Cuál es el plazo que tienen los empleadores para pagar la CTS?

El 15 de noviembre de 2023 vence el plazo para que los empleadores depositen la CTS correspondiente al periodo mayo 2023 – octubre 2023.

  1. ¿Cómo se deja constancia del pago de la CTS?

El empleador debe entregar a cada trabajador, dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación de la CTS depositada. Dicha liquidación podrá entregarse haciendo uso de tecnologías de la digitalización, información y comunicación.

  1. ¿Se puede embargar la CTS?

Los depósitos CTS y sus intereses son intangibles e inembargables, salvo en el caso de deudas por alimentos y hasta el 60%. Para tales efectos, debe existir un mandato judicial.

  1. ¿Se podrá retirar la CTS que se deposite en noviembre 2023?

Conforme a lo establecido en la Ley N° 31480, emitida en mayo de 2022, está autorizado, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, que los trabajadores dispongan libremente del 100% de los depósitos por CTS que tengan acumulados a la fecha de disposición. El retiro puede ser total o parcial.

Finalmente, la especialista señala que las empresas que no realicen los pagos respectivos cometerán una infracción grave y tendrán una multa de hasta las 26.12 UIT (S/ 129,294.00) para las pertenecientes al régimen general, y hasta 4.50 UIT (S/ 22,275.00) para las pequeñas empresas.

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