Alberto Redondo, Director de Marketing para Iberia y LATAM de SERES:

«El 2019 es un año de evolución y expansión de los comprobantes electrónicos de pago en Perú».
Business Empresarial.- ¿Qué beneficio trae para las PYMES y Mypes el utilizar el sistema de facturas electrónicas?
La factura electrónica simplifica y automatiza la gestión de las empresas, de cualquier tamaño y actividad. Cuando le preguntamos a una empresa, que ya la utiliza, si volvería al papel, la práctica totalidad dice que no. Siempre que se produce un cambio se genera un trauma y en este caso el trauma en mínimo. Basta con adaptarse al nuevo procedimento. Una vez conoicido, todo va más deprisa y mejor. La digitalización está llena de ejemplos ¿quién escribe hoy una carta? Más allá de este ligero trauma, la factura electrónica aporta múltiples beneficios a las pymes y micropymes. El primero es que ahorra tiempo y dinero y reduce la necesidad de personal. Dígame a que empresa no le gusta escuchar estos beneficios. El segundo es que mejora la gestión y automatiza los procesos, mejorando la rentabilidad, competitividad y productividad de la empresa. Además, mejora la gestión de los pagos y de los cobros, porque las facturas ya no se pierden y queda constancia cuando las recibe el cliente -no repudio- y si hay algun error subsanable, se corrige antes. El ultimo de los beneficios es la posibilidad de acceder a nuevas fórmulas de financiación, como el factoring.
¿Qué
países con un perfil de informalidad como el peruano hacen uso del mecanismo de
las facturas electrónicas?
México es
el mejor ejemplo. Allí su uso es obligatorio desde hace años en cualquier
actividad, incluso en las relaciones entre empresa y consumidor final. Es
decir, cada vez que tomamos un café o un
refresco en un bar recibimos una factura electrónica. En Perú, como en otros
países, la factura electrónica será obligatoria en no mucho tiempo, igual que
lo será en Europa, y cuanto antes se adapten las empresas mejor para ellas. A
parte de México, existen otros muchos países de la región que han visto en la
obligatoriedad de la factura electrónica el mejor aliado hacia la
transformación digital y la lucha en la evasión de impuesto. Entre ellos
podemos citar: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador,
Guadalupe, Guatemala, Guayana Francesa, Honduras, Martinica, México, Perú y
Uruguay. Por otra parte, También se da el caso de empresas que empiezan a
utilizar la factura electrónica por su propia cuenta y, a su vez, van atrayendo
a sus proveedores, de cualquier tamaño, a utilizarla también, como ha ocurrido
en otros países. La factura electronica aporta transparencia y control al
mercado y lo normal es que eta trasnparencia llegue a la informalidad. Algunos
ejemplos de países Latinoamericanos en los que este fenómeno ocurre son: Paraguay,
El Salvador, República Dominicana o Venezuela.
¿Cómo
puede hacerse atractivo para un empresario Pyme que trabaja en la informalidad
comenzar a usar este mecanismo de las facturas electrónicas (lo que se traduce
en llevarlo a la formalidad)?
Al margen
de sus ventajas, cualquier empresario y empresa, de cualquier tamaño, debe
saber que en un palzo muy corto estará obligado a utilizar la factura
electrónica. Lo mejor es empezar cuanto antes para benefiarse de su valor
añadido. Nuestra expeciencia nos dice que las empresas que empiezan a utilizar
la factura electrónica se hacen mejores, más modernas, más eficientes y competitivas.
¿Hoy se
usa el factoring en muchos países y también en el Perú, qué posibilidades se
tiene de vender las facturas electrónicas en el mercado peruano?
Las
posibilidades son todas. La aceptación de una factura electrónica por parte del
cliente ofrece una garantía de cobro que no tienen las facturas en papel, y
esta garantía se puede negociar con las entidades bancarias como una
herramienta de financiación más económica que un préstamo. Además, es mucho más
flexible y rápida, lo que dota al empresario de una capacidad de maniombra que
antes no tenía.
¿Cuál es
el nivel de penetración de las facturas electrónicas en el mercado peruano?
En nivel de penetración de la factura
electrónica en Perú sigue en crecimiento contante. Cada vez son más los
comprobantes de pago que se emiten electrónicamente y los emisores electrónicos
autorizados para expedir comprobantes electrónicos. De hecho, actualmente ya se
han emitido en Perú más de 2977 millones de comprobantes electrónicos, y el
número de emisores autorizados por la SUNAT asciende a los más de 436 mil
contribuyentes. Estos datos demuestran el buen ritmo de Perú a la hora de
masificar el uso de la factura electrónica. Pero esto no acaba aquí, sino que
2019 se presenta como un año clave en esta evolución y expansión de los
comprobantes electrónicos de pago en Perú. A partir del próximo 1 de marzo de 2019, los
grandes contribuyentes o agentes de retención o de percepción del Impuesto
General a las Ventas (IGV) estarán obligados a facturar electrónicamente a
través de un Operador de Servicios Electrónicos (OSE). Igualmente ocurrirá con
los contribuyentes que, a partir del 1 de enero de 2019, concurran las
calidades de emisor electrónico y de principal contribuyente o agente de
retención o de percepción del IGV; que deberán contar también con un OSE a
partir del primer día del calendario del cuarto mes siguiente a aquel en que
cumplan con estas condiciones. Asimismo,
la SUNAT no sólo ha planificado obligaciones para el 2019, sino que ya ha
seleccionado a aquellos contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2020
deberán de usar la factura electrónica en algunas de sus actividades. Entre
estos obligados se encuentran los martilleros públicos y todas las entidades
que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros; las empresas que
desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de
crédito y/o débito emitidas por bancos e instituciones financieras o
crediticias, domiciliados o no en el país; los operadores de las sociedades
irregulares, consorcios, joint ventures u otras formas de contratos de
colaboración empresarial, que no lleven contabilidad independiente y que se
dediquen a actividades de exploración y explotación de hidrocarburos; las
empresas concesionarias que prestan el servicio público de distribución de gas
natural por red de ductos, a que se refiere el Reglamento de Distribución de
Gas Natural por Red de Ductos; y las empresas que desempeñan el rol adquiriente
en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito emitidas por ellas mismas.




