Cambios legislativos para fomentar la gestión eficiente de residuos sólidos

Business Empresarial.- El regreso progresivo a las actividades habituales en tiempos prepandemia exige adecuaciones en todos los sectores, incluyendo el ambiental. Desde el inicio de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19 en marzo de 2020, aún vigente, por una cuestión de prioridades se relegó en el ámbito municipal la gestión de los residuos sólidos. En respuesta, el Gobierno emitió a inicios de este año el DS Nº 001-2022-MINAM, con un fuerte componente municipal. Este DS modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM), y el Reglamento de la Ley Nº 2919, que regula la actividad de los recicladores (aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM).
Para Alberto Ventura, abogado asociado del área Ambiental del estudio Miranda & Amado, esta nueva norma resultaba necesaria para complementar a las ya existentes y fomentar –ya en esta etapa de reactivación económica– el reúso, valorización y gestión eficiente de los residos sólidos generados.
“Debido a la pandemia, todos los aspectos técnicos, administrativos y operacionales de las municipalidades y algunos generadores se vieron muy afectados en lo relacionado al manejo y gestión de los residuos sólidos. Por precaución ante posibles contagios de COVID-19, se buscó que las personas involucradas en la gestión de este tipo de materiales tuvieran el menor contacto posible con residuos orgánicos, industriales o de servicios. En estos dos años de emergencia sanitaria, hubo una fuerte disminución en el porcentaje de residuos sólidos valorizables que fueran recolectados selectivamente, al haberse prácticamente suspendido la segregación por parte de los generadores municipales. Menos del 1% de los residuos sólidos eran valorizados y reciclados. En este contexto, el DS No. 001-2022-MINAM responde a la necesidad de fortalecer y dotar de dinamismo la regulación y disposiciones técnicas del manejo, tratamiento y disposición de residuos sólidos”, explica Alberto Ventura.
El especialista en legislación ambiental considera que la normativa actualmente vigente en materia de residuos sólidos es bastante sólida en nuestro país, alineada con la tendencia internacional, que apuesta por una gestión integral de los residuos sólidos, dándole prioridad al reciclaje, a la valorización de residuos que puedan tener otro segundo uso o destino, así como a fortalecer las competencias de las autoridades con competencias ambientales en esta materia.
«Sin embargo, aún hay algunos aspectos pendientes de reglamentación a propósito del DS No. 001-2022-MINAM, tales como los lineamientos y criterios para determinar la exigibilidad de un instrumento de gestión ambiental para las “áreas de acondicionamiento” (antes centros de acopio), lineamientos y disposiciones complementarias para el manejo y recuperación de áreas degradadas, así como la aprobación de un reglamento de gestión ambiental específico para las actividades de gestión de residuos sólidos”, añade Ventura.
Ante los cambios propuestos, de manera general tantos las municipalidades como las empresas privadas deben adecuar sus actividades a lo dispuesto en la nueva norma, dentro de los plazos previstos por el propio DS.
“En ese sentido, puede resultar de mucha utilidad que las empresas vayan incorporando las nuevas obligaciones y exigencias introducidas en las auditorías internas que realizan en sus instalaciones. Asimismo, deberán actualizar sus instrumentos ambientales (cuando corresponda) a las nuevas exigencias para infraestructura de manejo de residuos y estar atentos a las normas complementarias que sean aprobadas siguiendo lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 001-2022-MINAM”, recomienda Ventura.



