Economía & Negocios

Conoce cuánto y desde cuándo te corresponde el reparto de utilidades

Por: Carla Romero, Senior de Tax & Legal de KPMG en Perú.

  1. ¿En qué consiste?

Consiste en un pago que la empresa realiza a sus empleados de acuerdo a las ganancias obtenidas, es obligatorio para las empresas que generen rentas netas de tercera categoría y que tengan más de 20 trabajadores en promedio.

  • ¿Quiénes gozan de este beneficio y quiénes no?

Tienen derecho los trabajadores sujetos al régimen laboral en la actividad privada, pequeñas empresas y trabajadores part time. No se encuentran comprendidos, las microempresas con 20 trabajadores, las cooperativas, empresas autogestionarias, sociedades civiles o empresas.

  • Porcentaje de distribución por sector.

Se encuentra determinado por la actividad económica que desarrolla la empresa.

ACTIVIDAD DE LA EMPRESA PORCENTAJE
Empresas pesqueras 10%
Empresas de telecomunicaciones
Empresas industriales
Empresas mineras 8%
Empresas de comercio al por mayor y al por menor y restaurantes
Empresas que realizan otras actividades 5%

Para determinar la actividad, se tomará en cuenta la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas. Si, la empresa desarrolla más de una actividad, se considerará la actividad principal, es decir la que generó mayores ingresos brutos en el respectivo ejercicio.

  • Forma de cálculo.

La base sobre la cual se aplica el porcentaje es la renta anual antes de efectuar el cálculo de los impuestos y, de ser el caso, después de compensar las pérdidas de los ejercicios anteriores. Una vez aplicado el porcentaje, la determinación del monto a distribuir se realiza en base a dos criterios:

  1. 50% en función a los días laborados por cada trabajador durante el año, se deberá dividir dicho monto entre la suma total de los días laborados por todos los trabajadores, y el resultado se multiplicará por el número de días laborados por cada trabajador.
  2. 50% en función de sus remuneraciones percibidas durante el año (básico, gratificaciones, asignación familiar), se dividirá dicho monto entre la suma total de las remuneraciones de todos los trabajadores y el resultado obtenido se multiplica por el total de las remuneraciones que corresponda a cada trabajador.
  • ¿Qué días son considerados como laborados para el cálculo de utilidades?
  • Licencias sindicales.
  • Días de inasistencia debido al cierre de local por la comisión de infracciones tributarias. No se incluye al trabajador o trabajadores responsables de la infracción.
  • Días no laborados por el trabajador debido a un despido, posteriormente declarado nulo.
  • Hora de lactancia.
  • Días de descanso pre y post natal de la trabajadora.
  • Días no laborados por suspensión de actividades en una empresa debido a situaciones de caso fortuito y fuerza mayor alegadas por el empleador, que luego no hayan sido comprobadas por la autoridad de trabajo.
  • Los días de licencia con goce de haber de los miembros del comité y los supervisores de seguridad y salud en el trabajo.
  • Licencia por paternidad
  • Días de descanso médico por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Plazos y sanciones en caso incumplimiento.

Deberá ser abonada dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Este año, dependiendo del último digito del RUC, la declaración de impuesto se realizará entre el 25 de marzo al 5 de abril.

SUNAFIL sanciona como infracción grave el incumplimiento del reparto de las utilidades. El monto de la multa se determinará de acuerdo al número de trabajadores afectados y del régimen laboral de la empresa.

  • ¿Cuál es el plazo de reparto en caso de término de la relación laboral?

Para los trabajadores que hubieran cesado antes de la fecha en que se distribuyen las utilidades, tienen derecho a cobrar el monto que les corresponda en el plazo de cuatro (4) años a partir del momento en que debió efectuarse la distribución. Vencido el plazo, la participación no cobrada se agregará al monto a distribuir por concepto de participación en las utilidades del ejercicio en que se cumpla dicho plazo. 

  • ¿Es posible que las empresas reinviertan sus utilidades?

Sí, es posible luego de repartidas las utilidades, el impuesto a la renta, detraída la reserva legal y/o cualquier otra reserva estatutaria. La junta obligatoria anual, es el órgano que decide la reinversión de las utilidades. 

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